Baja y viaje. El verano

Baja y viaje

La baja, como incapacidad transitoria supone una serie de obligaciones.

En la mayoría de los casos existe la creencia de que hay una prohibición de salir del domicilio, o del ámbito del domicilio.

Verdaderamente solo existe la obligación de seguir el tratamiento médico y acudir a las revisiones

Evidentemente, las medidas que se adopten para intentar evitar el fraude en las bajas.

No obstante, el no desplazarse no es uno de los requisitos legales.

En ocasiones, son los propios médicos quienes desaconsejan los desplazamientos, pero no hay una causa legal.

De hecho, el desplazarse puede ser conveniente para la recuperación.

El viaje puede ser precisamente el tratamiento para la ansiedad o el estrés y abreviar la duración de la incapacidad.

Evidentemente, bajo autorización médica no debe haber inconveniente.

Al igual que puede ser recomendable en ciertos casos en otros puede ser incompatible o suponer un agravamiento o retraso en la recuperación.

Riesgo para la recuperación

Podemos fijar el límite en que no suponga un riesgo para la recuperación, por lo tanto:

La decisión de si puedes o no viajar la tiene el médico. Es quien conoce el estado del enfermo y quien puede determinar qué actividades convienen o no.

No tiene por qué haber problemas con la empresa si se siguen las pautas médicas, citas, revisiones y tratamientos y por supuesto dentro del marco de la buena fe.

Además, en el caso de viaje, deberíamos pedir instrucciones y un informe al médico.

Puede ser necesario tratar la enfermedad durante el desplazamiento, informar de la medicación que estamos tomando, etc.

Es evidente, que dentro de los parámetros de la buena fe y sin pretender imponer unilateralmente la decisión si es posible, según los casos, viajar estando de baja.

Si tiene dudas, informese con su médico y con nosotros.

 

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