Coronavirus y la reincorporación al trabajo

Coronavirus y la reincorporación al trabajo

Además de los trámites habituales para todo tipo de ERTEs anteriores al RDL 8/2020 ya existían unas pautas.

Recapitulemos:

El RDL 8/2020 estableció dos tipos de ERTE derivados del CORONAVIRUS:

  • ERTE DE FUERZA MAYOR
  • ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Ahora, cuando se inicia la desescalada a varios niveles tenemos que ver qué supone el coronavirus y la reincorporación al trabajo.

Para esta finalidad se ha desarrollado el RDL 18/2020 que, en resumen, establece lo siguiente:

  • Prioridad de reincorporación paulatina de los trabajadores a su puesto de trabajo cuando la flexibilización de las medidas de restricción permita la reincorporación al trabajo efectivo de las personas afectadas.
  • No hay muchas normas, pero sí se establece la flexibilidad y deja en manos de las empresas cómo, cuándo y de qué manera será el desescalamiento laboral.
Abogados Despidos Madrid coronavirus
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Flexibilidad

  • La empresa podrá llamar a los trabajadores de forma flexible:
  • Su están a jornada completa pueden ser llamados a jornada parcial.
  • Si están a jornada parcial, pueden ser llamados a jornada parcial más reducida
  • Pueden ser llamados con aumento de jornada.
  • Puede reincorporar a quien se necesite y mantener el ERTE para el resto.

Se han publicado múltiples noticias. Aquí un ejemplo: https://www.economistjurist.es/noticias-juridicas/la-reincorporacion-de-los-trabajadores-a-sus-puestos-de-trabajo-estamos-ante-una-nueva-normalidad/

Fuerza mayor parcial

Se permite reincorporar a personas afectadas por las medidas de regulación temporal de empleo en la medida necesaria para el desarrollo de la actividad.

También permite poder contratar a un trabajador por días concretos afectando o desafectando del ERTE por necesidades de producción.

Fecha de efectos y fin del ERTE

Tanto para el ERTE de fuerza mayor, como para el ERTE de fuerza mayor parcial podrá tener efectos hasta el 30 de junio, si bien, excepcionalmente podrá prorrogarse en algunas actividades más allá del 30 de junio en determinados sectores de actividad.

Coronavirus y la reincorporación al trabajo: otras cuestiones

Se sigue aconsejando a las empresas el teletrabajo y hay que garantizar los EPIs de protección general de riesgos y en especial de coronavirus.

Se podrá reglamentar la prevención de riesgos laborales y de vigilancia de la salud siendo muy recomendable la realización de test. De momento, el coste de estos test lo tiene que asumir la empresa.

 

Consúltenos en caso de duda.

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