Despidos protegidos

Hay varios colectivos cuyos despidos, por ser colectivos protegidos, son más complicados.

Entre estos colectivos destacan la protección de la maternidad y la protección de los reprsentantes de los trabajadores.

En especial, en este segundo colectivo, ha sido tradicionalmente considerado nulo porque es difícil delimitar el uso de las horas sindicales, del horario de los liberados sindicales que pueden estar realizando muy diversas funciones para el sindicato o para sus compañeros y ha sido ampliamente protegido por los Juzgados y Tribunales españoles.

Sin embargo, hay que tener un adecuado asesoramiento incluso para defender estos supuestos tan especiales, tanto si eres trabajador como empresa.

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha tenido especial notoriedad y relevancia puesto que declara procedente el despido de un representante de los trabajadores.

Ha sido fácil, seguro que no hubiera sido posible de no concurrir antecedentes, gravedad, engaño y suficientes pruebas de que su actitud es dolosa, fraudulenta, grave y continua; pruebas cruzadas, pruebas de clara independencia…

AVM sindicato

No obstante, no se deben permitir abusos y es importante controlar la legalidad de estos despidos, como de todos.

Sucede igualmente con los despidos de embarazadas o personas con reducción de jornada por cuidado de hijos, a priori la protección fue absoluta, o casi, y las resoluciones de nulidad casi siempre conseguidas. Con posterioridad hemos pasado a un momento donde se aceptan en el ámbito de más de un despido para acoger como procedentes u objetivos despidos de madres en estas circunstancias, pero se ha producido una especie de efecto péndulo donde se dictan sentencias en casos en que puede ser entendido como discutible.

Hay que conocer qué argumentos utilizar, como probar, y en qué tribunal estamos actuando para obtener una resolución ajustada en Derecho y lo más justa posible.

Más de viente años de experiencia a su servicio. Consultennos.

 

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