Anulación del despido de una trabajadora, por pertenecer a un grupo de riesgo del COVID-19

Anulan el despido de una trabajadora por pertenecer a un grupo de riesgo del Covid-19.

La empresa despidió a una de sus trabajadoras tras haber solicitado su baja médica por ser una persona de alto riesgo si se contagiaba de COVID-19.

La trabajadora padecía diversas enfermedades, como diabetes, hipertensión y miocardiopatía, e informó a la Empresa para ser reconocida como paciente de alto riesgo y así obtener la baja médica.

El Juzgado de lo Social no lo ha considerado despido, estableciendo conveniente que se  facilite  el teletrabajo, o una baja médica.

Gestionó el trámite para poder acreditar su situación de riesgo, informando de su intención de contactar con la Mutua para gestionar su baja preventiva.

El Juez señala la actual regulación mediante decretos leyes derivados de la pandemia en la que se regula la protección de los grupos de riesgo.

Además, considera que este hecho provoca discriminaciones laborales, al haberla despedido por motivos de salud al formar parte de un colectivo de riesgo.

Nuestra legislación actual protege a los diversos grupos de riesgo para evitar que el virus se propague y se pueda proteger a los trabajadores.

Despido de trabajadora por ser del grupo de riesgo

Anulan el despido de una trabajadora

Se protege a la trabajadora de un despido por anteponer su salud ante la posibilidad de un agravamiento si fuera contagiada por el COVID-19 en su entorno laboral.

El Juzgado establece que se ha visto vulnerado un derecho fundamental como el de la indemnidad y el de la tutela judicial efectiva.

La empleada había avisado a su empresa de los trámites que iba a llevar a cabo debido a su problemática.

Se concluye, por tanto, mediante esta sentencia, la anulación del despido de la trabajadora.

Si desean conocer el Real Decreto que regula este caso, pueden pinchar en el siguiente link:

BOE.es – Documento BOE-A-2020-3434

 

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