Ingreso mínimo vital

Ingreso mínimo vital

Se ha publicado ya la norma que establece el ingreso mínimo vital.

Se trata de una renta no contributiva que se podrá pedir a partir del día 15 de junio en la Seguridad Social.

La regulación es la contenida en el RDL 20/2020, adjuntamos el enlace a la disposición.

https://www.boe.es/boe/dias/2020/06/01/pdfs/BOE-A-2020-5493.pdf

Requisitos:

Beneficiario es la familia y no una personal, luego este es el primer requisito.

Edad comprendida entre 23 y 65 años.

Tener residencia legal y efectiva en España, ininterrumpida durante el último año.

La cuantía de la renta dependerá de los ingresos de la unidad familiar e irá entre los 462 y los 1015 euros.

Las familias cuyos ingresos en 2020 se hayan reducido en un 50% podrán solicitarlo a través de una declaración responsable.

Simulador

El Ministerio ha publicado un simulador en la Web para poder comprobar si se tiene derecho a la renta.

Ese es el acceso https://ingreso-minimo-vital.seg-social-innova.es/simulador

Abogados Despidos Madrid
Abogados Despidos Madrid renta mínima

Cuándo se puede solicitar

A partir del 15 de junio.

Antes, en el simulador, se podrá comprobar mediante el cuestionario del ministerio si se reúnen las condiciones para percibir la renta mínima.

El Ministerio aclara que se trata únicamente de un simulador para saber si se tiene derecho a percibir la prestación; de ser así, los ciudadanos tendrán que solicitar su tramitación a partir del 15 de junio a través de la sede electrónica de la Seguridad Social.

 

 

Deja una respuesta