Próximamente: Si estás de baja médica ya no tendrás que enviar la baja a tu empresa.
El Consejo de Ministros aprobó la semana pasada un Real Decreto que modifica el R.D. 625/2014, que establecía la obligación del trabajador de entregar los partes de baja y alta médica a su empleador.
Cuando se publique la citada norma en el Boletín Oficial del Estado y entre en vigor, será la empresa o compañía la que tenga que obtener la información de baja médica directamente de la Administración.
Por lo que solo se entregará una copia (del parte de la baja) a la persona trabajadora; y se elimina tanto la segunda copia, como la obligación de que sea la propia persona trabajadora quien que entregue esta copia en la empresa, entidad gestora o mutua
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